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La violencia psicológica en el trabajo:  El mobbing

La violencia psicológica en el trabajo: El mobbing

Centro Codex
11 meses, 2 semanas

El acoso laboral conocido a través del término inglés mobbing: ‘asediar’, ‘acosar’, ‘acorralar en grupo’, es tanto la acción de un hostigador o varios hostigadores conducente a producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador.

Dicha violencia psicológica se produce de forma sistemática y recurrente   a través de actos negativos y hostiles dentro o fuera del trabajo por parte de grupos sociales externos, de sus compañeros, durante un tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e incluso años, y al mismo en ocasiones se añaden "accidentes fortuitos" y hasta agresiones físicas, en los casos más graves.

La incidencia poblacional del acoso laboral se calcula que se encuentra entre el 10 y el 15 % del total de los trabajadores en activo

El científico sueco Heinz Leymann investigó el fenómeno en la década de 1980, y fue quien utilizó por primera vez el término mobbing para referirse al problema. Otros autores destacados en el estudio del acoso moral y del mobbing son la francesa Marie-France Hirigoyen y el español Iñaki Piñuel y Zabala.

Tipos de mobbing

El mobbing se puede clasificar de dos maneras: según la posición jerárquica o según el objetivo.

Dependiendo de la posición jerárquica, el mobbing puede ser:

1.1. Mobbing horizontal. Este tipo de mobbing se caracteriza porque el trabajador recibe una violencia psicológica injustificada por parte se sus iguales, el acosador y la víctima se encuentran en el mismo rango jerárquico.

1.2. Mobbing vertical. Existen dos clases de mobbing vertical: ascendente y descendente.

Mobbing ascendente. Este tipo se produce cuando dos o más personas realizan diferentes acciones sobre una persona de mayor rango jerárquico en la organización.

Mobbing descendente. También llamado bossing, del inglés boss, jefe). Es el tipo más habitual. El trabajador es victima de sus superiores.

Características del mobbing

Para que se produzca una situación de mobbing o acoso laboral, es preciso:

1.     Que el acoso laboral sea sistemático y prolongado. Es decir, que la actuación del acosador sea continua y reiterada, no basta con un hecho aislado.

2.     Que la actuación del acosador sea hostil. Es decir, que el acosador realice actos que atemorizan al trabajador (gritos, enfados, ridiculizar al trabajador, desprecio...).

3.     Que la finalidad sea poner en peligro o perjudicar la integridad del trabajador.

Los tres elementos que establecen la existencia de mobbing exigido a nivel pericial forense son:

  1. La existencia de una o más conductas de hostigamiento internacionalmente reconocidas (es decir, el LIPT 45/60, (las 45-60 conductas descritas por Heinz Leymann)
  2. La duración del acoso como algo que se presenta a lo largo del tiempo (un mínimo de 6 meses)
  3. La repetición y frecuencia de las conductas constitutivas de acoso (una o más veces a la semana).

 

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Postgrado Experto en Riesgos psicosociales en el Trabajo y Organizaciones